La CNMC investiga un reparto ilegal de la obra pública en Cantabria
El órgano de Competencia inspeccionó distintas sedes de compañías entre el 25 y el 27 de marzo


La lupa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) vuelve a estar sobre un posible fraude en la obra pública española. El organismo que preside Cani Fernández ha desvelado que persigue un caso de reparto de licitaciones de obra civil, edificación y otros servicios de construcción en Cantabria, para lo que realizó inspecciones en distintas sedes de empresas entre el 25 y el 27 de marzo. De momento no se ha in formado públicamente sobre la identidad de las compañías, su modus operandi o los órganos públicos de contratación afectados, pero vuelve a cernirse una sombra de duda sobre el sector constructor.
El regulador apunta que las investigadas podrían haberse repartido contratos de entidades públicas nacionales, autonómicas y de ayuntamientos. Desde la CNMC se habla del paso previo a la posible apertura de un expediente sancionador. También advierte, como es habitual, que sus pesquisas iniciales no prejuzgan ni el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas afectadas. De ahí que se trate de mantener el secreto de las actuaciones.
De confirmarse las suposiciones de la CNMC, las infracciones perseguidas son de alta gravedad. Los acuerdos entre competidores, se recuerda este miércoles, vulneran la normativa de competencia (LDC) pudiendo acarrear multas de hasta el 10% sobre el volumen de negocio total de las empresas. Las investigadas también corren el riesgo de un veto para la contratación pública.
El mercado cántabro de la obra pública, incluidas nuevas actuaciones y las de rehabilitación de infraestructuras y edificios, tuvo el año pasado un peso del 1,2% sobre el conjunto de España, con 358 millones de euros en licitaciones frente a los 26.779 millones en concursos activados en todo el país. La cifra cántabra está en línea con la inversión pública en Extremadura, Navarra o La Rioja, y muy por debajo de la licitación en la Comunidad de Madrid (16,4% del total en España), Cataluña (15%) o Andalucía (13%), según la estadística que elabora la asociación de constructoras Seopan. Las cifras de licitación de obra pública en años anteriores tuvieron un pico de 789 millones en 2023, por encima de los 411 millones de 2022 o los 381 millones en proyectos licitados en 2021.
Cerco a las constructoras
La CNMC ha situado entre sus prioridades la investigación de los cárteles precisamente por la gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el funcionamiento de los mercados. La vigilancia sobre la contratación pública es constante, como demuestran importantes casos como el que acarreó una multa total de 203 millones en el verano de 2022 a filiales de ACS, Acciona, FCC, Ferrovial, Sacyr y OHLA, por supuestas prácticas contra la competencia en concursos de infraestructuras entre 1992 y 2017. Todas ellas acabaron recurriendo ante la justicia ordinaria y los pagos fueron paralizados. También fue sonado el expediente zanjado en marzo de 2019, cuando Competencia impuso una multa de 118 millones a 15 empresas habituales en licitaciones de Adif. Entre las sacionadas estuvieron Elecnor, Alstom, Siemens, Indra, Isolux y filiales de ACS, OHL, Sacyr y Abengoa. Los recursos ante la justicia ordinaria también fueron generalizados.
Cada una de las investigadas ha mantenido el argumento de su inocencia y la inconsistencia de las investigaciones de la CNMC, sobre la que las principales asociaciones del sector han llegado a decir que sentencia con indicios muy débiles al carecer de medios para realizar un análisis en profundidad de la obra pública.
Con este caso abierto ahora en Cantabria, la CNMC aprovecha para recordar que existe un programa de clemencia por el que las empresas que forman parte de un cártel pueden beneficiarse de la exención del pago de la multa siempre y cuando aporten pruebas que ayuden a detectarlo. Una vez iniciada una investigación, las compañías detectadas tienen abierta la posibilidad de aportar información útil y beneficiarse de una reducción de la multa.
Las solicitantes de clemencia también quedan excluidas de la prohibición de contratar con el sector público (establecida en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público) para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia (artículo 72.5 LCSP y artículos 65.4 y 66.5 LDC).
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